Reforma aduanera busca cerrar la puerta a mercancías subvaluadas

El gobierno federal impulsa cambios a la Ley Aduanera para frenar prácticas desleales que golpean a la industria mexicana. Conoce cómo la subvaluación erosiona empleos y qué modificaciones plantea el Ejecutivo para nivelar la cancha comercial.

El comercio exterior de México enfrenta una amenaza silenciosa que, según las autoridades, ha operado durante años bajo las narices del sistema aduanero: la subvaluación de mercancías. Esta práctica, que consiste en declarar un valor menor al real de los productos importados, permite a ciertos actores pagar menos impuestos y aranceles de los que legalmente les corresponden, generando una competencia desleal frente a quienes sí cumplen con las reglas.

Héctor Alonso Romero, titular de la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM), expuso ante diputados el diagnóstico que llevó al Ejecutivo federal a proponer una reforma integral a la Ley Aduanera. El funcionario fue categórico al señalar que permitir el ingreso de productos con valores declarados por debajo de su costo real no solo representa una pérdida fiscal, sino que provoca un deterioro que ya no tiene marcha atrás para los productores nacionales.

De acuerdo con su explicación, cuando una mercancía subvaluada logra internarse en el mercado mexicano, el efecto sobre la planta productiva local es prácticamente imposible de revertir. La producción que se deja de generar por esta competencia desigual no se recupera después, y sus consecuencias se traducen en despidos, contracción de la actividad económica y, en los casos más graves, en el cierre definitivo de fábricas.

Subvaluación de mercancías: el hueco legal que se busca tapar

El corazón del problema, según detalló el jefe de la ANAM, está en los umbrales que marca la legislación vigente para actuar contra este tipo de irregularidades. Actualmente, la autoridad aduanera solo puede embargar de manera precautoria una mercancía cuando la diferencia entre el valor declarado y el valor real supera el 50%. Esto significa que una importación con una subvaluación del 49% puede cruzar la frontera sin obstáculo alguno, aun cuando exista una discrepancia evidente respecto a los precios de mercado para productos similares.

Romero ilustró el problema con un ejemplo directo: si la subvaluación detectada es de 49 por ciento, la aduana no tiene facultades para retener el producto de forma preventiva. La revisión y eventual sanción pueden ocurrir después, pero para ese momento la mercancía ya circula libremente en territorio nacional y el daño a la industria local ya se produjo. Es, en esencia, una carrera en la que la ley llega tarde.

A esto se suma otro punto débil del marco actual: incluso cuando una mercancía sí es embargada por sospecha de subvaluación, el importador puede ofrecer garantías para recuperarla y continuar con su comercialización mientras se resuelve el procedimiento administrativo. En la práctica, esto diluye el efecto disuasivo del embargo, ya que el producto termina de todas formas en el mercado.

Los ajustes que propone la iniciativa

Para corregir estas fallas estructurales, la propuesta de reforma contempla una serie de modificaciones puntuales. La más relevante es la reducción del umbral para proceder con el embargo precautorio, de manera que las autoridades puedan actuar incluso cuando la subvaluación detectada sea inferior al 50 por ciento actualmente exigido.

Otro cambio central tiene que ver con las garantías que puede ofrecer un importador para recuperar su mercancía embargada. La iniciativa plantea que cuando la subvaluación identificada sea superior al 20%, la única opción disponible sea un depósito en efectivo equivalente a los impuestos que corresponderían por la diferencia entre lo declarado y el valor de referencia que maneja la autoridad para productos comparables. Hoy, ese requisito de efectivo solo aplica cuando la subvaluación rebasa el 50 por ciento, un umbral que la reforma busca reducir considerablemente.

Según Romero, este ajuste tiene una doble finalidad: por un lado, agiliza el cobro de la garantía en caso de que un procedimiento posterior confirme que sí hubo subvaluación; por otro, busca emparejar las condiciones de competencia para todos los actores económicos, de forma que el valor de las mercancías que circulan en el mercado nacional refleje precios reales y no cifras artificialmente bajas.

Solo en los casos donde la subvaluación detectada sea menor al 20%, los importadores conservarían la posibilidad de recurrir a otras figuras de garantía ya contempladas en la ley, como fianzas, seguros de caución, cartas de crédito, prendas o hipotecas, en lugar del depósito en efectivo.

La reforma también busca poner orden en otro vacío que hoy genera incertidumbre jurídica: el tiempo que tarda la autoridad en devolver la mercancía y las garantías al importador cuando, tras la revisión correspondiente, se determina que no existió subvaluación. Actualmente no hay un plazo definido para esta devolución, lo que puede prolongar innecesariamente la afectación a empresas que actuaron conforme a la ley. La propuesta fija un tope máximo de cuatro meses para resolver estos casos, contados a partir de que el expediente esté debidamente integrado.

Una pieza más de la estrategia de fortalecimiento industrial

Para el titular de la ANAM, esta reforma no es un esfuerzo aislado, sino que se inserta directamente en los objetivos del Plan México, la estrategia gubernamental orientada a robustecer el mercado interno y la producción nacional. La lógica detrás de este argumento es clara: de nada sirven los incentivos a la manufactura local o las políticas de sustitución de importaciones si, al mismo tiempo, persisten mecanismos legales que permiten a ciertos importadores esquivar el pago justo de aranceles mediante declaraciones de valor infladas a la baja.

El funcionario insistió en que no se trata de poner trabas al comercio exterior legítimo, sino de cerrar los resquicios que hoy aprovechan quienes, de manera deliberada, declaran valores incorrectos para pagar menos contribuciones. Bajo su óptica, permitir que esa práctica continúe equivale a premiar la ilegalidad en detrimento de las empresas que sí cumplen con sus obligaciones fiscales y aduaneras.

Con estos cambios sobre la mesa, el debate en el Congreso apunta a definir qué tan rápido podrían entrar en vigor las nuevas reglas y cómo se instrumentará su aplicación práctica en las aduanas del país, un tema que sin duda seguirá dando de qué hablar en los próximos meses.

Maria Saucedo
Maria Saucedo
María es una periodista experimentada que combina su formación en letras con una visión estratégica de la logística, creando contenido inspirador e informativo para nuestro blog.

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